Baja de autónomo por enfermedad (incapacidad temporal)
Si has causado baja por enfermedad, tanto por enfermedad común, como por accidente de trabajo, hay que tramitar la baja a través de la mutua para poder cobrar la prestación, además de tramitar el parte de accidente, en caso de accidente de trabajo.
Muy importante: No hay que tener deudas con la seguridad social.
En caso de tener deudas, es necesario pagar las mismas o solicitar un aplazamiento de pago de las deudas.
Puede tramitarse la solicitud de la prestación, mientras que se soluciona la deuda con la seguridad social, pero no te abonarán la prestación hasta que el certificado de deudas con la seguridad social salga positivo.