Cómo trabajamos.

Si por algo nos caracterizamos es por combinar lo tradicional con las nuevas tecnologías.

Esto se traduce en que facilitamos al empresario múltiples canales para ser atendido y para el flujo de información entre él y su asesoría.

Nuestras oficinas siempre estarán disponibles para que el cliente pueda acudir a entregar documentación o para recibir asesoramiento en persona.

Otras formas de comunicarse o recibir asistencia en mediante el uso de comunicaciones electrónicas, como el correo electrónico o aplicaciones como WhatsApp que facilitan la relación asesoría-cliente y no obligan a este a desplazarse hasta la asesoría.

Finalmente, disponemos de una aplicación que permite que el cliente procese la información y sepa en cada momento como está evolucionando la cantidad que tendrá que pagar de impuestos. Igualmente, con la aplicación podrá llevar la gestión y emisión de sus propias facturas. Pincha para más información sobre la aplicación

Alta de autónomo.

Para realizar el alta de autónomo, es necesario disponer de firma digital o clave permanente, de un número de cuenta del que seas titular y tener autorización para poder trabajar en España.

Si dispones de esos requisitos, el alta de autónomo se realiza de forma inmediata.

El recibo de autónomo del mes comprenderá desde el día en el que se realice el alta.

https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio

El trámite está incluido en la cuota mensual

Baja de autónomo.

Para darte de baja de autónomo, es necesario disponer de firma digital, clave permanente o que el alta la hayamos tramitado nosotros.

La baja de autónomo se realiza en el mismo día en que se solicita.

El recibo de autónomo se pagará a final de mes, pero solo de los días del mes en que hayas estado de alta.

El trimestre en el que te das de baja tendrás que presentar los modelos fiscales. También tendrás que presentar las declaraciones informativas de fin de ejercicio y estarás obligado a realizar la declaración de renta de ese año.

El trámite está incluido en la cuota mensual

Obligaciones fiscales.

Tendrás la obligación de presentar los modelos fiscales que te correspondan en función de la actividad que realices. Desde este enlace puedes consultar la información relacionada con cada modelo.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/

Como regla general, cada trimestre hay que presentar las declaraciones y pagos fraccionados de IVA, IRPF y retenciones, así como las declaraciones informativas que correspondan, como las intracomunitarias.

Al final de ejercicio, hay que presentar las declaraciones recopilativas e informativas de IVA y de retenciones, y otras que a las que estarás obligado por la actividad que realices o por el tipo de sociedad a la que pertenezcas.

Controlamos el cumplimiento de todas esas obligaciones, por lo que no tendrás que preocuparte de que se te olvide presentar los modelos de Hacienda.

El trámite está incluido en la cuota mensual

Contratar empleados.

Para contratar empleados necesitas disponer de un código de cuenta de cotización. Te lo gestionamos nosotros sin coste adicional.

Dentro del precio pactado, te haremos los contratos, altas, bajas, nóminas, tramitación de procesos de incapacidad, tramitación de las cotizaciones de los trabajadores, y todo lo relacionado con la contratación de empleados.

En caso de que te demandara algún empleado, nuestro departamento jurídico podrá hacerse cargo del asunto. (trámite no incluido en la cuota mensual).

Honorarios.

Puedes conocer lo que te costarán nuestros servicios pinchando aqui.

El pago de nuestros honorarios se adapta a las necesidades de los clientes.