Documentación orientativa para la Declaración de la Renta.-
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La documentación a aportar dependerá de los ingresos que se hayan obtenido durante el año. A modo orientativo:

  • Rendimientos del Trabajo (empleados por cuenta ajena, pensionistas y desempleados):
    • El certificado figura en Hacienda. Si la empresa lo ha entregado, es conveniente traerlo para su comprobación.
    • Cuotas satisfechas a sindicatos: Hay que saber el importe pagado en el año.
    • Gastos de abogados (en litigios de naturaleza laboral): Hay que saber el importe pagado en el año.
    • Si se han percibido ingresos o pensiones del extranjero, es necesario el certificado de retenciones emitido por el país pagador, o, en su defecto, el extracto bancario (o libreta) donde figuren todos los pagos del año.
    • El certificado figura en Hacienda. Si la empresa lo ha entregado, es conveniente traerlo para su comprobación.
    • Cuotas satisfechas a sindicatos: Hay que saber el importe pagado en el año.
    • Gastos de abogados (en litigios de naturaleza laboral): Hay que saber el importe pagado en el año.
    • Si se han percibido ingresos o pensiones del extranjero, es necesario el certificado de retenciones emitido por el país pagador, o, en su defecto, el extracto bancario (o libreta) donde figuren todos los pagos del año.
  • Activos Bancarios (depósitos, bonos, letras, intereses,…)
    • La información suele haber sido facilitada por el banco a Hacienda. Si el banco ha enviado información al respecto, hay que traerla para su comprobación.
  • Pisos en propiedad.
    • Si el piso está alquilado:
      • Fecha de adquisición y precio de compra.
      • Fecha de inicio y fin del contrato.
      • DNI de los inquilinos.
      • Cantidades cobradas.
      • Todos los gastos que han habido en el ejercicio: Seguro, IBI, basura, comunidad de propietarios, reparaciones, electrodomésticos, intereses pagados del préstamo hipotecario, gastos de la inmobiliaria, … En general cualquier gasto que esté relacionado con el piso alquilado.
    • Si el piso no está alquilado o en él vive algún familiar sin contrato de arrendamiento:
      • Hay que saber el importe de la adquisición.
  • Actividades económicas.
    • Si es un autónomo que hace sus declaraciones trimestrales con nosotros, entonces tenemos todos los datos.
    • Si es un autónomo ajeno a nosotros:
      • Modelo 390 y modelo 130.
      • Libro de contabilidad resumido por conceptos.
      • Si vas por módulos, entonces, hay que aportar la información relativa a los índices o módulos de la actividad.
  • Actividades agrícolas. (Venta de almendra, uva, aceite, …)
    • La factura que te ha entregado la almazara o almacén donde has vendido el producto, aunque , normalmente, Hacienda ya sabe lo que has cobrado.
    • Subvenciones que se hayan podido percibir. Hacienda, también lo suele saber.
    • Gastos de jornales pagados.
  • Régimen de atribución de rentas. (comunidades de vecinos, comunidades de bienes, …)
    • La entidad suele haber comunicado la información a Hacienda. Si se dispone hay que traer el certificado que haya emitido la entidad.
  • Premios y subvenciones. (Bonos culturales, gastronómicos, ayuda alquiler, …)
    • Hay que saber el importe de la subvención y el organismo que lo ha concedido.
  • Ganancias y Pérdidas patrimoniales. (venta de viviendas, criptomonedas, acciones, …)
    • Si has vendido una propiedad
      • Escritura de venta (hace falta para saber la fecha de venta y el importe).
      • Escritura de adquisición (hace falta para saber la fecha de adquisición o compra y el valor que tuvo en la adquisición o compra). Si es una herencia, entonces, la escritura de adjudicación de herencia.
    • Si has vendido acciones:
      • El importe de la venta, y el importe de la adquisición.
    • Si has vendido criptomonedas
      • El importe de la venta y el importe de la adquisición. Si son múltiples las operaciones, el resumen de beneficios del año.
  • Deducciones:
    • Arrendamiento vivienda habitual: Hay que saber: cantidad pagada en el año, domicilio completo y el DNI del propietario de la vivienda.
    • Familia numerosa. Título de la familia numerosa y fecha de inicio.
    • Discapacidad: Hay que saber la fecha de inicio de la discapacidad y el grado.
    • Planes de pensiones: Cantidad pagada en el ejercicio.
    • Donativos: Importe entregado en el año.
    • Placas solares: Importe pagado en el ejercicio.
    • Hipoteca: En caso de ser deducible, el importe pagado en el año del préstamo hipotecario y si es obligatorio, el importe de los seguros.
    • Gastos de gimnasio, gafas y elementos relacionados, fisioterapeutas, dentistas y otros gastos de “enfermedades raras” relacionadas con la salud: Factura del gasto y justificante del pago.

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